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Y para los que usan detectores de metales...*

Publicado: 06 Jun 2013, 19:55
por Fotocopiadora-2
Jose David

Posted 06 April 2004 - 08:16 PM
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La adquisición y tenencia de aparatos detectores de metales no precisa autorización ninguna aunque es conveniente poseer la factura del aparato.


El uso de los mismos para búsqueda de metales y minerales tampoco precisa autorización, salvo que se realice en espacios protegidos por la Ley del Patrimonio Histórico Español, en cuyo caso se requiere, según corresponda, autorización de la Administración del Estado (Mº de Cultura) o de la Comunidad Autónoma (Consejería de Cultura).


En todo caso se considera que debe contarse con autorización del titular de terreno o concesión minera.


La falta de las citadas autorizaciones puede dar lugar a la comisión de infracción administrativa (expolios) y, en su caso, delito (robo, hurto, daños...)


En el caso de infracción procede la denuncia ante el órgano competente de la Administración, pero no la intervención del detector de metales.


En el caso de delito procede la denuncia ante el Juzgado correspondiente, así como la intervención de los objetos o instrumentos empleados para cometerlos y su puesta a disposición del Juez.

AyR01083

Re: Y para los que usan detectores de metales...*

Publicado: 07 Jun 2013, 14:38
por Amancio
Para piteros y demás aficionados a la "detectomanía", recomiendo esta página

http://www.identificacion-numismatica.com/

que no es expolio todo lo que reluce!